Noticias del jueves, 23 de julio de 2020

Casos del jueves, 23 de julio de 2020

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Retiro

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Gobierno
Piñera

Retiro

  • PDI advierte nueva estafa frente al retiro del 10% de los fondos de pensiones

    22:30 [24 HORAS] El confinamiento ha dado espacio a distintas formas de cibercrimen, ante cada iniciativa del Gobierno o necesidades de las personas aparecen estos estafadores que se aprovechan de la situación.

  • Superintendencia de Pensiones instruyó a las AFP procedimiento para entregar fondos a afiliados que soliciten el retiro del 10%

    20:15 [SOY CHILE] 23/07/2020 19:36:16Reforma fue despachada esta jornada por el Congreso y ste viernes será promulgada por el Presidente Sebastián Piñera. Luego que esta tarde la Cámara de Diputados aprobó la reforma constitucional que permite retirar el 10% de los fondos de pensiones, la Superintendencia de Pensiones (SP) emitió dos oficios con instrucciones con el procedimiento, los plazos y los resguardos que las administradoras de fondos de pensiones (AFP) deberán adoptar para garantizar la correcta aplicación de la norma. Los regulados tienen hasta el próximo martes 28 de julio para entregar sus comentarios. La autoridad precisó que los fondos de pensiones retirados no constituyen renta o remuneración para ningún efecto legal y, además, no estarán afectos a comisiones o descuento alguno por parte de las administradoras y las instituciones financieras que efectuarán el pago. "Los fondos retirados se considerarán inembargables para todo efecto legal y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, por parte de entidades financieras o cualquier otra, así como tampoco afectos a impuestos, salvo las excepciones de pensión alimenticia y compensación por divorcio", señaló la Superintendencia. La reforma constitucional autoriza retirar el 10% del saldo de las cuentas individuales, con un monto máximo de 150 unidades de fomento (UF) y un mínimo de 35 UF. En caso que el afiliado tenga menos de 35 UF, podrá retirar la totalidad de los fondos. La Superintendencia determinó que la entrega de los recursos solicitados se deberá efectuar en los siguientes plazos: El 50% en un máximo de 10 días hábiles desde la fecha de la presentación de la solicitud ante la AFP, y el 50% restante en un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de pago del primer retiro. Cada pago tendrá un límite de 75 UF. En sus instrucciones, el regulador señaló que las administradoras deberán proveer información a los afiliados sobre el retiro de fondos y su adecuada implementación. Esto implica disponer de un banner, sitio web o plataforma con el contenido de la reforma constitucional, cómo efectuar el retiro de la cuenta individual y los impactos asociados, así como resolver las consultas y reclamos relativos a la materia. Asimismo, deberán efectuar campañas de información vía medios de comunicación masivos, enfatizando que los afiliados privilegien los canales remotos tanto para la solicitud, como para el pago, e informando que el retiro se puede efectuar durante los 365 días siguientes a la publicación de la reforma constitucional en el Diario Oficial. Estas campañas podrán realizarse conjuntamente entre todas las AFP. Esto deberá ser complementado con la capacitación de personal encargado de la atención de afiliados y el fortalecimiento de sus respectivos sitios web, reforzándolos para evitar su saturación. También se dispone que las AFP deberán reforzar sus servicios de call center para proporcionar atención a afiliados y beneficiarios, autorizándose la contratación de servicios telefónicos externos que podrán operar excepcionalmente. La autoridad, además, instruyó optimizar la capacidad de atención de las agencias de las administradoras, las que deberán tener en funcionamiento todos sus medios presenciales. Dado que las AFP están catalogadas como entidades que prestan servicios esenciales, deberán mantener operativas sus sucursales incluso en las comunas declaradas en cuarentena. Complementaria o alternativamente, podrán subcontratar lugares de atención, previa autorización de la Superintendencia, resguardando la seguridad de los afiliados, beneficiarios y trabajadores de la propia administradora. Relacionado con lo anterior, la SP ordenó que las administradoras deberán implementar en todos sus canales de atención, presenciales y remotos, metodologías para la gestión eficiente de filas de espera, y aplicar todas las acciones necesarias para optimizar el servicio a sus afiliados, de manera tal que estos puedan tramitar sus solicitudes y efectuar sus consultas y reclamos, preferentemente a través de sus canales remotos. Por otra parte, se instruyó que dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha del presente oficio las AFP deberán enviar información a sus afiliados, preferentemente por medios electrónicos, sobre el monto máximo que podrían retirar, expresado en cuotas y pesos. Ahí, deberán señalar que el valor en pesos es referencial a la fecha de la misma comunicación y que podría sufrir variaciones de acuerdo a las fluctuaciones en el valor de las cuotas de los fondos de pensiones. También, deberán informar el porcentaje que representa el retiro máximo permitido respecto del total de su ahorro obligatorio, así como el procedimiento para el retiro y pago del mismo, enfatizando que los afiliados privilegien los canales remotos para todo el proceso. Esto, dada la necesidad de mantener los resguardos sanitarios en el contexto de pandemia.

  • Superintendencia instruye a las AFP para garantizar el retiro del 10 %

    20:15 [COOPERATIVA] La Superintendencia detalló el procedimiento que las administradoras deberán hacer para entregar los fondos, incluyendo métodos de pago y campaña de información. Además, deben informar a sus afiliados el monto que podrán retirar.

Fondos

  • PDI advierte nueva estafa frente al retiro del 10% de los fondos de pensiones

    22:30 [24 HORAS] El confinamiento ha dado espacio a distintas formas de cibercrimen, ante cada iniciativa del Gobierno o necesidades de las personas aparecen estos estafadores que se aprovechan de la situación.

  • Superintendencia de Pensiones instruyó a las AFP procedimiento para entregar fondos a afiliados que soliciten el retiro del 10%

    20:15 [SOY CHILE] 23/07/2020 19:36:16Reforma fue despachada esta jornada por el Congreso y ste viernes será promulgada por el Presidente Sebastián Piñera. Luego que esta tarde la Cámara de Diputados aprobó la reforma constitucional que permite retirar el 10% de los fondos de pensiones, la Superintendencia de Pensiones (SP) emitió dos oficios con instrucciones con el procedimiento, los plazos y los resguardos que las administradoras de fondos de pensiones (AFP) deberán adoptar para garantizar la correcta aplicación de la norma. Los regulados tienen hasta el próximo martes 28 de julio para entregar sus comentarios. La autoridad precisó que los fondos de pensiones retirados no constituyen renta o remuneración para ningún efecto legal y, además, no estarán afectos a comisiones o descuento alguno por parte de las administradoras y las instituciones financieras que efectuarán el pago. "Los fondos retirados se considerarán inembargables para todo efecto legal y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, por parte de entidades financieras o cualquier otra, así como tampoco afectos a impuestos, salvo las excepciones de pensión alimenticia y compensación por divorcio", señaló la Superintendencia. La reforma constitucional autoriza retirar el 10% del saldo de las cuentas individuales, con un monto máximo de 150 unidades de fomento (UF) y un mínimo de 35 UF. En caso que el afiliado tenga menos de 35 UF, podrá retirar la totalidad de los fondos. La Superintendencia determinó que la entrega de los recursos solicitados se deberá efectuar en los siguientes plazos: El 50% en un máximo de 10 días hábiles desde la fecha de la presentación de la solicitud ante la AFP, y el 50% restante en un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de pago del primer retiro. Cada pago tendrá un límite de 75 UF. En sus instrucciones, el regulador señaló que las administradoras deberán proveer información a los afiliados sobre el retiro de fondos y su adecuada implementación. Esto implica disponer de un banner, sitio web o plataforma con el contenido de la reforma constitucional, cómo efectuar el retiro de la cuenta individual y los impactos asociados, así como resolver las consultas y reclamos relativos a la materia. Asimismo, deberán efectuar campañas de información vía medios de comunicación masivos, enfatizando que los afiliados privilegien los canales remotos tanto para la solicitud, como para el pago, e informando que el retiro se puede efectuar durante los 365 días siguientes a la publicación de la reforma constitucional en el Diario Oficial. Estas campañas podrán realizarse conjuntamente entre todas las AFP. Esto deberá ser complementado con la capacitación de personal encargado de la atención de afiliados y el fortalecimiento de sus respectivos sitios web, reforzándolos para evitar su saturación. También se dispone que las AFP deberán reforzar sus servicios de call center para proporcionar atención a afiliados y beneficiarios, autorizándose la contratación de servicios telefónicos externos que podrán operar excepcionalmente. La autoridad, además, instruyó optimizar la capacidad de atención de las agencias de las administradoras, las que deberán tener en funcionamiento todos sus medios presenciales. Dado que las AFP están catalogadas como entidades que prestan servicios esenciales, deberán mantener operativas sus sucursales incluso en las comunas declaradas en cuarentena. Complementaria o alternativamente, podrán subcontratar lugares de atención, previa autorización de la Superintendencia, resguardando la seguridad de los afiliados, beneficiarios y trabajadores de la propia administradora. Relacionado con lo anterior, la SP ordenó que las administradoras deberán implementar en todos sus canales de atención, presenciales y remotos, metodologías para la gestión eficiente de filas de espera, y aplicar todas las acciones necesarias para optimizar el servicio a sus afiliados, de manera tal que estos puedan tramitar sus solicitudes y efectuar sus consultas y reclamos, preferentemente a través de sus canales remotos. Por otra parte, se instruyó que dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha del presente oficio las AFP deberán enviar información a sus afiliados, preferentemente por medios electrónicos, sobre el monto máximo que podrían retirar, expresado en cuotas y pesos. Ahí, deberán señalar que el valor en pesos es referencial a la fecha de la misma comunicación y que podría sufrir variaciones de acuerdo a las fluctuaciones en el valor de las cuotas de los fondos de pensiones. También, deberán informar el porcentaje que representa el retiro máximo permitido respecto del total de su ahorro obligatorio, así como el procedimiento para el retiro y pago del mismo, enfatizando que los afiliados privilegien los canales remotos para todo el proceso. Esto, dada la necesidad de mantener los resguardos sanitarios en el contexto de pandemia.

  • Presidente Piñera promulgará este viernes la ley que permite el retiro del 10% de fondos previsionales

    19:30 [SOY CHILE] 23/07/2020 18:56:35La Moneda confirmó la decisión, la que dijo obedece a la intención del Presidente de "facilitar y agilizar el retiro de estos montos". A través de un comunicado la Presidencia de la República confirmó que mañana el mandatario Sebastián Piñera promulgará la reforma constitucional que permite el retiro excepcional del 10% de los fondos de pensiones, que esta jornada fue aprobada en su último trámite por la Cámara de Diputados. {RELACIONADA=665479} En el documento se señala que la decisión de promulgar la ley obedece a la intención y voluntad del Presidente, "dada la difícil situación económica y social que viven mcuhas familias y compatriotas, de facilitar y agilizar el retiro de estos fondos previsionales por parte de las personas habilitadas". {RELACIONADA=665564} “El Gobierno de Chile reitera que está firmemente comprometido con avanzar en una Profunda Reforma Previsional que permita cambiar el sistema, con el propósito de mejorar las pensiones de todos los ciudadanos”, concluyó la información emanada desde La Moneda.

Afp

  • Superintendencia de Pensiones instruyó a las AFP procedimiento para entregar fondos a afiliados que soliciten el retiro del 10%

    20:15 [SOY CHILE] 23/07/2020 19:36:16Reforma fue despachada esta jornada por el Congreso y ste viernes será promulgada por el Presidente Sebastián Piñera. Luego que esta tarde la Cámara de Diputados aprobó la reforma constitucional que permite retirar el 10% de los fondos de pensiones, la Superintendencia de Pensiones (SP) emitió dos oficios con instrucciones con el procedimiento, los plazos y los resguardos que las administradoras de fondos de pensiones (AFP) deberán adoptar para garantizar la correcta aplicación de la norma. Los regulados tienen hasta el próximo martes 28 de julio para entregar sus comentarios. La autoridad precisó que los fondos de pensiones retirados no constituyen renta o remuneración para ningún efecto legal y, además, no estarán afectos a comisiones o descuento alguno por parte de las administradoras y las instituciones financieras que efectuarán el pago. "Los fondos retirados se considerarán inembargables para todo efecto legal y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, por parte de entidades financieras o cualquier otra, así como tampoco afectos a impuestos, salvo las excepciones de pensión alimenticia y compensación por divorcio", señaló la Superintendencia. La reforma constitucional autoriza retirar el 10% del saldo de las cuentas individuales, con un monto máximo de 150 unidades de fomento (UF) y un mínimo de 35 UF. En caso que el afiliado tenga menos de 35 UF, podrá retirar la totalidad de los fondos. La Superintendencia determinó que la entrega de los recursos solicitados se deberá efectuar en los siguientes plazos: El 50% en un máximo de 10 días hábiles desde la fecha de la presentación de la solicitud ante la AFP, y el 50% restante en un máximo de 30 días hábiles desde la fecha de pago del primer retiro. Cada pago tendrá un límite de 75 UF. En sus instrucciones, el regulador señaló que las administradoras deberán proveer información a los afiliados sobre el retiro de fondos y su adecuada implementación. Esto implica disponer de un banner, sitio web o plataforma con el contenido de la reforma constitucional, cómo efectuar el retiro de la cuenta individual y los impactos asociados, así como resolver las consultas y reclamos relativos a la materia. Asimismo, deberán efectuar campañas de información vía medios de comunicación masivos, enfatizando que los afiliados privilegien los canales remotos tanto para la solicitud, como para el pago, e informando que el retiro se puede efectuar durante los 365 días siguientes a la publicación de la reforma constitucional en el Diario Oficial. Estas campañas podrán realizarse conjuntamente entre todas las AFP. Esto deberá ser complementado con la capacitación de personal encargado de la atención de afiliados y el fortalecimiento de sus respectivos sitios web, reforzándolos para evitar su saturación. También se dispone que las AFP deberán reforzar sus servicios de call center para proporcionar atención a afiliados y beneficiarios, autorizándose la contratación de servicios telefónicos externos que podrán operar excepcionalmente. La autoridad, además, instruyó optimizar la capacidad de atención de las agencias de las administradoras, las que deberán tener en funcionamiento todos sus medios presenciales. Dado que las AFP están catalogadas como entidades que prestan servicios esenciales, deberán mantener operativas sus sucursales incluso en las comunas declaradas en cuarentena. Complementaria o alternativamente, podrán subcontratar lugares de atención, previa autorización de la Superintendencia, resguardando la seguridad de los afiliados, beneficiarios y trabajadores de la propia administradora. Relacionado con lo anterior, la SP ordenó que las administradoras deberán implementar en todos sus canales de atención, presenciales y remotos, metodologías para la gestión eficiente de filas de espera, y aplicar todas las acciones necesarias para optimizar el servicio a sus afiliados, de manera tal que estos puedan tramitar sus solicitudes y efectuar sus consultas y reclamos, preferentemente a través de sus canales remotos. Por otra parte, se instruyó que dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha del presente oficio las AFP deberán enviar información a sus afiliados, preferentemente por medios electrónicos, sobre el monto máximo que podrían retirar, expresado en cuotas y pesos. Ahí, deberán señalar que el valor en pesos es referencial a la fecha de la misma comunicación y que podría sufrir variaciones de acuerdo a las fluctuaciones en el valor de las cuotas de los fondos de pensiones. También, deberán informar el porcentaje que representa el retiro máximo permitido respecto del total de su ahorro obligatorio, así como el procedimiento para el retiro y pago del mismo, enfatizando que los afiliados privilegien los canales remotos para todo el proceso. Esto, dada la necesidad de mantener los resguardos sanitarios en el contexto de pandemia.

  • Superintendencia instruye a las AFP para garantizar el retiro del 10 %

    20:15 [COOPERATIVA] La Superintendencia detalló el procedimiento que las administradoras deberán hacer para entregar los fondos, incluyendo métodos de pago y campaña de información. Además, deben informar a sus afiliados el monto que podrán retirar.

  • Superintendencia de Pensiones da a conocer procedimiento para que las AFP entreguen los ahorros previsionales

    19:45 [THE CLINIC] La Superintendencia de Pensiones (SP) emitió dos oficios instruyendo los procedimientos, plazos y medidas que deberán adoptar las AFP para hacer efectivo el retiro de los ahorros previsionales de sus afiliados, tras la aprobación del proyecto de reforma constitucional del 10%. Así, la SP estableció que los fondos previsionales deberán ser entregados de la siguiente… The post Superintendencia de Pensiones da a conocer procedimiento para que las AFP entreguen los ahorros previsionales appeared first on The Clinic - Reportajes, noticias, podcast, videos y humor.

Aprobación
Proyecto
Gobierno
  • Gobierno se querella por incendio y anuncia que reconstruirá las escuelas quemadas en Arauco

    21:00 [COOPERATIVA] Alcalde de Tirúa postula tres hipótesis de grupos que operan en la zona quemando escuelas. "Les responderemos con más Estado" dijo el Intendente del Biobío.

  • Allamand aseguró que senadores no irán al TC por retiro del 10% y pidió al gobierno implementar reforma de manera expedita

    18:15 [SOY CHILE] 23/07/2020 17:38:52El senador de RN llamó a hacer una autocrítica "en términos de no haber sido capaces de explicar los efectos negativos, en materia de pensiones, que va a tener este proyecto".A través de un video en la red social Twitter, el senador de RN, Andrés Allamand, dijo que los parlamentarios del oficialismo resolvieron no recurrir al Tribunal Constitucional, para impugnar el retiro del 10% de los fondos de pensiones. Allamand dijo que el proyecto fue aprobado en ambas cámaras y que "nuestra preocupación era dejar establecido que estos proyectos de reforma deben ser aprobados por el quorum más alto que establece la Constitución". "Ciertamente corresponde hacer una autocrítica en términos de no haber sido capaces de explicar los efectos negativos, en materia de pensiones, que va a tener este proyecto, pero asumimos que en definitiva será ley y llamamos al gobierno a colaborar, vía reglamentaria, en la implementación más expedita de la reforma que ha sido aprobada", dijo Allamand. Los dichos del parlamentario se producen luego de que la reforma se aprobó con 29 votos en el Senado y con 116 en la Cámara de Diputados, consiguiendo dos tercios de los votos favorables, cuando en efecto, para su aprobación se requería de un quorum de tres quintos.

  • Blumel reconoce “traspié" tras aprobación de retiro de fondos y que "es indispensable que gobierno y coalición vuelvan a trabajar unidos”

    16:30 [DF] Ministro del Interior señaló que “tenemos como coalición y gobierno dar vuelta la página y volver a trabajar con unidad, todo gobierno necesita una coalición que lo sustente”.

Tc
  • TC rechazó recurso contra "Ley de la Jibia": Sólo pescadores artesanales podrán capturarla

    18:45 [COOPERATIVA] "La especie sólo podrá ser extraída utilizando potera o línea de mano como aparejo de pesca", dice el dictamen. La pesquera Landes buscaba dejar sin efecto esta normativa.

  • Allamand aseguró que senadores no irán al TC por retiro del 10% y pidió al gobierno implementar reforma de manera expedita

    18:15 [SOY CHILE] 23/07/2020 17:38:52El senador de RN llamó a hacer una autocrítica "en términos de no haber sido capaces de explicar los efectos negativos, en materia de pensiones, que va a tener este proyecto".A través de un video en la red social Twitter, el senador de RN, Andrés Allamand, dijo que los parlamentarios del oficialismo resolvieron no recurrir al Tribunal Constitucional, para impugnar el retiro del 10% de los fondos de pensiones. Allamand dijo que el proyecto fue aprobado en ambas cámaras y que "nuestra preocupación era dejar establecido que estos proyectos de reforma deben ser aprobados por el quorum más alto que establece la Constitución". "Ciertamente corresponde hacer una autocrítica en términos de no haber sido capaces de explicar los efectos negativos, en materia de pensiones, que va a tener este proyecto, pero asumimos que en definitiva será ley y llamamos al gobierno a colaborar, vía reglamentaria, en la implementación más expedita de la reforma que ha sido aprobada", dijo Allamand. Los dichos del parlamentario se producen luego de que la reforma se aprobó con 29 votos en el Senado y con 116 en la Cámara de Diputados, consiguiendo dos tercios de los votos favorables, cuando en efecto, para su aprobación se requería de un quorum de tres quintos.

  • Allamand anuncia que senadores RN no recurrirán al TC tras aprobación del retiro de pensiones

    17:45 [THE CLINIC] Andrés Allamand (RN) anunció que los parlamentarios de Chile Vamos han decidido no recurrir al Tribunal Constitucional (TC) tras la aprobación del proyecto del retiro de pensiones. “Hemos resulto no concurrir al Tribunal Constitucional. Asumimos que el proyecto de reforma ha sido aprobado por una amplia mayoría en ambas Cámaras. Nuestra preocupación era precisamente dejar… The post Allamand anuncia que senadores de Chile Vamos no recurrirán al TC tras aprobación del retiro de pensiones appeared first on The Clinic - Reportajes, noticias, podcast, videos y humor.

Ley
  • ¿Cómo funciona la ley de Insolvencia y Reemprendimiento?

    20:45 [DF] La Ley N° 20.720 permite que todas las personas sin capacidad económica suficiente para pagar sus deudas, reinicien su vida económica con nuevas oportunidades de participación en el mercado laboral y crediticio.

  • Presidente Piñera promulgará este viernes la ley que permite el retiro del 10% de fondos previsionales

    19:30 [SOY CHILE] 23/07/2020 18:56:35La Moneda confirmó la decisión, la que dijo obedece a la intención del Presidente de "facilitar y agilizar el retiro de estos montos". A través de un comunicado la Presidencia de la República confirmó que mañana el mandatario Sebastián Piñera promulgará la reforma constitucional que permite el retiro excepcional del 10% de los fondos de pensiones, que esta jornada fue aprobada en su último trámite por la Cámara de Diputados. {RELACIONADA=665479} En el documento se señala que la decisión de promulgar la ley obedece a la intención y voluntad del Presidente, "dada la difícil situación económica y social que viven mcuhas familias y compatriotas, de facilitar y agilizar el retiro de estos fondos previsionales por parte de las personas habilitadas". {RELACIONADA=665564} “El Gobierno de Chile reitera que está firmemente comprometido con avanzar en una Profunda Reforma Previsional que permita cambiar el sistema, con el propósito de mejorar las pensiones de todos los ciudadanos”, concluyó la información emanada desde La Moneda.

  • Piñera promulgará mañana proyecto de ley que permite el retiro de fondos de la AFP

    19:00 [DF] Por medio de un comunicado se indicó que la decisión "obedece a su intención y voluntad de facilitar y agilizar el retiro de estos fondos de ahorros previsionales por parte de las personas habilitadas".

Piñera
  • Presidente Piñera promulgará este viernes la ley que permite el retiro del 10% de fondos previsionales

    19:30 [SOY CHILE] 23/07/2020 18:56:35La Moneda confirmó la decisión, la que dijo obedece a la intención del Presidente de "facilitar y agilizar el retiro de estos montos". A través de un comunicado la Presidencia de la República confirmó que mañana el mandatario Sebastián Piñera promulgará la reforma constitucional que permite el retiro excepcional del 10% de los fondos de pensiones, que esta jornada fue aprobada en su último trámite por la Cámara de Diputados. {RELACIONADA=665479} En el documento se señala que la decisión de promulgar la ley obedece a la intención y voluntad del Presidente, "dada la difícil situación económica y social que viven mcuhas familias y compatriotas, de facilitar y agilizar el retiro de estos fondos previsionales por parte de las personas habilitadas". {RELACIONADA=665564} “El Gobierno de Chile reitera que está firmemente comprometido con avanzar en una Profunda Reforma Previsional que permita cambiar el sistema, con el propósito de mejorar las pensiones de todos los ciudadanos”, concluyó la información emanada desde La Moneda.

  • No habrá veto: Presidente Piñera promulgará este viernes retiro del 10 por ciento

    19:00 [COOPERATIVA] Pese a la oposición de La Moneda frente al proyecto, hoy el Gobierno decidió allanar el camino de la reforma. Los senadores de Chile Vamos habían descartado recurrir al Tribunal Constitucional.

  • Piñera promulgará mañana proyecto de ley que permite el retiro de fondos de la AFP

    19:00 [DF] Por medio de un comunicado se indicó que la decisión "obedece a su intención y voluntad de facilitar y agilizar el retiro de estos fondos de ahorros previsionales por parte de las personas habilitadas".

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